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Números  Capítulo 35 - Reina Valera (1960)

Núm 35:1 Habló Jehová a Moisés en los campos de Moab, junto al Jordán frente a Jericó, diciendo:

Núm 35:2 Manda a los hijos de Israel que den a los levitas, de la posesión de su heredad, ciudades en que habiten; también daréis a los levitas los ejidos de esas ciudades alrededor de ellas.

Núm 35:3 Y tendrán ellos las ciudades para habitar, y los ejidos de ellas serán para sus animales, para sus ganados y para todas sus bestias.

Núm 35:4 Y los ejidos de las ciudades que daréis a los levitas serán mil codos alrededor, desde el muro de la ciudad para afuera.

Núm 35:5 Luego mediréis fuera de la ciudad al lado del oriente dos mil codos, al lado del sur dos mil codos, al lado del occidente dos mil codos, y al lado del norte dos mil codos, y la ciudad estará en medio; esto tendrán por los ejidos de las ciudades.

Núm 35:6 Y de las ciudades que daréis a los levitas, seis ciudades serán de refugio, las cuales daréis para que el homicida se refugie allá; y además de éstas daréis cuarenta y dos ciudades.

Núm 35:7 Todas las ciudades que daréis a los levitas serán cuarenta y ocho ciudades con sus ejidos.

Núm 35:8 Y en cuanto a las ciudades que diereis de la heredad de los hijos de Israel, del que tiene mucho tomaréis mucho, y del que tiene poco tomaréis poco; cada uno dará de sus ciudades a los levitas según la posesión que heredará.

Núm 35:9 Habló Jehová a Moisés, diciendo:

Núm 35:10 Habla a los hijos de Israel, y diles: Cuando hayáis pasado al otro lado del Jordán a la tierra de Canaán,

Núm 35:11 os señalaréis ciudades, ciudades de refugio tendréis, donde huya el homicida que hiriere a alguno de muerte sin intención.

Núm 35:12 Y os serán aquellas ciudades para refugiarse del vengador, y no morirá el homicida hasta que entre en juicio delante de la congregación.

Núm 35:13 De las ciudades, pues, que daréis, tendréis seis ciudades de refugio.

Núm 35:14 Tres ciudades daréis a este lado del Jordán, y tres ciudades daréis en la tierra de Canaán, las cuales serán ciudades de refugio.

Núm 35:15 Estas seis ciudades serán de refugio para los hijos de Israel, y para el extranjero y el que more entre ellos, para que huya allá cualquiera que hiriere de muerte a otro sin intención.

Núm 35:16 Si con instrumento de hierro lo hiriere y muriere, homicida es; el homicida morirá.

Núm 35:17 Y si con piedra en la mano, que pueda dar muerte, lo hiriere y muriere, homicida es; el homicida morirá.

Núm 35:18 Y si con instrumento de palo en la mano, que pueda dar muerte, lo hiriere y muriere, homicida es; el homicida morirá.

Núm 35:19 El vengador de la sangre, él dará muerte al homicida; cuando lo encontrare, él lo matará.

Núm 35:20 Y si por odio lo empujó, o echó sobre él alguna cosa por asechanzas, y muere;

Núm 35:21 o por enemistad lo hirió con su mano, y murió, el heridor morirá; es homicida; el vengador de la sangre matará al homicida cuando lo encontrare.

Núm 35:22 Mas si casualmente lo empujó sin enemistades, o echó sobre él cualquier instrumento sin asechanzas,

Núm 35:23 o bien, sin verlo hizo caer sobre él alguna piedra que pudo matarlo, y muriere, y él no era su enemigo, ni procuraba su mal;

Núm 35:24 entonces la congregación juzgará entre el que causó la muerte y el vengador de la sangre conforme a estas leyes;

Núm 35:25 y la congregación librará al homicida de mano del vengador de la sangre, y la congregación lo hará volver a su ciudad de refugio, en la cual se había refugiado; y morará en ella hasta que muera el sumo sacerdote, el cual fue ungido con el aceite santo.

Núm 35:26 Mas si el homicida saliere fuera de los límites de su ciudad de refugio, en la cual se refugió,

Núm 35:27 y el vengador de la sangre le hallare fuera del límite de la ciudad de su refugio, y el vengador de la sangre matare al homicida, no se le culpará por ello;

Núm 35:28 pues en su ciudad de refugio deberá aquél habitar hasta que muera el sumo sacerdote; y después que haya muerto el sumo sacerdote, el homicida volverá a la tierra de su posesión.

Núm 35:29 Estas cosas os serán por ordenanza de derecho por vuestras edades, en todas vuestras habitaciones.

Núm 35:30 Cualquiera que diere muerte a alguno, por dicho de testigos morirá el homicida; mas un solo testigo no hará fe contra una persona para que muera.

Núm 35:31 Y no tomaréis precio por la vida del homicida, porque está condenado a muerte; indefectiblemente morirá.

Núm 35:32 Ni tampoco tomaréis precio del que huyó a su ciudad de refugio, para que vuelva a vivir en su tierra, hasta que muera el sumo sacerdote.

Núm 35:33 Y no contaminaréis la tierra donde estuviereis; porque esta sangre amancillará la tierra, y la tierra no será expiada de la sangre que fue derramada en ella, sino por la sangre del que la derramó.

Núm 35:34 No contaminéis, pues, la tierra donde habitáis, en medio de la cual yo habito; porque yo Jehová habito en medio de los hijos de Israel.


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Comentarios Sobre: Números  Capítulo 35



Plenitud .      2019-07-09

Números capítulo  35



35 . 1 - 34 Este capítulo trata de la porción de los levitas que han de recibir 48 ciudades (vv. 6, 7), de las cuales seis serán de refugio (vv. 6, 9-34). Las ciudades levíticas, y las de refugio mencionadas en el cap. 35, corresponden a las que aparecen en Josué 20 y 21.

 

35 . 2 Los ejidos : Eran tierras de uso común, utilizadas principalmente para pastoreo. Pero lo más importante es que se indica que estas tierras no deben ser consideradas propiedad individual, sino entregadas en usufructo a todos los levitas de la ciudad.

 

35 . 4 , 5 Aparentemente, los mil codos de espacio de que se habla en v. 4 debían permanecer como tierra común, mientras los dos mil codos de v. 5 podían dedicarse a los cultivos.

 

35 . 6 Las ciudades . . . de refugio introducen el tema de vv. 9-34.

 

35 . 9 - 34 Aquí no se especifica el lugar donde se hallaban las ciudades de refugio, pero sí se regula su función. Tras causarle la muerte a otro ser humano, el homicida tenía que huir a la ciudad-santuario hasta que fuese llevado a juicio. Si era encontrado culpable de asesinato, sería ejecutado por el pariente más próximo de la víctima. Si era hallado culpable de homicidio casual, hallaría refugio en la ciudad santuario hasta que muriera el sumo sacerdote. En ese momento podría regresar a su casa. No hay distinciones entre la legislación civil y la religiosa. Toda la tierra es del Señor, y ellos son su pueblo. Véanse las notas a Josué 20.

 

35 . 12 La congregación : es la autoridad legal que puede juzgar el caso (véase también v. 25).

 

35 . 16 - 24 La distinción legal entre un crimen (vv. 16-21) y un homicidio (vv. 22, 23), se ilustra con una serie de ejemplos.

 

35 . 19 El vengador de la sangre (vv. 19, 25, 27): Responsabilidad legal que correspondía al pariente más cercano de la víctima, quien debía ejecutar al victimario.

 

35 . 25 Está implícito que el juicio se celebraba en el lugar donde vivía el victimario. Si éste era encontrado culpable de homicidio, se le devolvía a la ciudad de refugio hacia la cual había escapado.

La muerte del sumo sacerdote no es una referencia arbitraria. La muerte debía ser expiada con la muerte (vv. 33, 34). Aparentemente, la muerte del sumo sacerdote reemplazaba la del homicida.

 

35 . 31 , 32 Una indemnización monetaria no era compensación adecuada por la muerte de una persona. Las sentencias por crimen o por homicidio no podían ser anuladas con dinero.

 

35 . 33 , 34 El asesinato contaminaba la tierra y exigía expiación (v. 33), o la tierra quedaría mancillada (v. 34).

 

 


Plenitud .      2019-07-09

Números capítulo  35



35 . 1 - 34 Este capítulo trata de la porción de los levitas que han de recibir 48 ciudades (vv. 6, 7), de las cuales seis serán de refugio (vv. 6, 9-34). Las ciudades levíticas, y las de refugio mencionadas en el cap. 35, corresponden a las que aparecen en Josué 20 y 21.

 

35 . 2 Los ejidos : Eran tierras de uso común, utilizadas principalmente para pastoreo. Pero lo más importante es que se indica que estas tierras no deben ser consideradas propiedad individual, sino entregadas en usufructo a todos los levitas de la ciudad.

 

35 . 4 , 5 Aparentemente, los mil codos de espacio de que se habla en v. 4 debían permanecer como tierra común, mientras los dos mil codos de v. 5 podían dedicarse a los cultivos.

 

35 . 6 Las ciudades . . . de refugio introducen el tema de vv. 9-34.

 

35 . 9 - 34 Aquí no se especifica el lugar donde se hallaban las ciudades de refugio, pero sí se regula su función. Tras causarle la muerte a otro ser humano, el homicida tenía que huir a la ciudad-santuario hasta que fuese llevado a juicio. Si era encontrado culpable de asesinato, sería ejecutado por el pariente más próximo de la víctima. Si era hallado culpable de homicidio casual, hallaría refugio en la ciudad santuario hasta que muriera el sumo sacerdote. En ese momento podría regresar a su casa. No hay distinciones entre la legislación civil y la religiosa. Toda la tierra es del Señor, y ellos son su pueblo. Véanse las notas a Josué 20.

 

35 . 12 La congregación : es la autoridad legal que puede juzgar el caso (véase también v. 25).

 

35 . 16 - 24 La distinción legal entre un crimen (vv. 16-21) y un homicidio (vv. 22, 23), se ilustra con una serie de ejemplos.

 

35 . 19 El vengador de la sangre (vv. 19, 25, 27): Responsabilidad legal que correspondía al pariente más cercano de la víctima, quien debía ejecutar al victimario.

 

35 . 25 Está implícito que el juicio se celebraba en el lugar donde vivía el victimario. Si éste era encontrado culpable de homicidio, se le devolvía a la ciudad de refugio hacia la cual había escapado.

La muerte del sumo sacerdote no es una referencia arbitraria. La muerte debía ser expiada con la muerte (vv. 33, 34). Aparentemente, la muerte del sumo sacerdote reemplazaba la del homicida.

 

35 . 31 , 32 Una indemnización monetaria no era compensación adecuada por la muerte de una persona. Las sentencias por crimen o por homicidio no podían ser anuladas con dinero.

 

35 . 33 , 34 El asesinato contaminaba la tierra y exigía expiación (v. 33), o la tierra quedaría mancillada (v. 34).

 

 




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